ARTICULOS DE LA CONSTITUCIÓN SOBRE LOS DERECHOS LABORALES
La
constitución política de los Estados Unidos Mexicanos se divide en dos partes
la parte dogmática, donde se encuentran las garantías individuales y la parte
orgánica, donde se encuentran la división de poderes y el funcionamiento fundamental
de las principales instituciones del Estado. Esta cuenta con 136
artículos y diferentes artículos transitorios.
Entre los artículos constitucionales que debes
conocer si eres trabajador se encuentran:
El artículo 123. Es sin
duda el más importante pues este habla de garantizar el derecho al trabajo y en
su primer párrafo dice “Toda
persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto de
promover la creación de empleos y la organización social para el trabajo,
conforme a la ley."
Este artículo
también garantiza la protección, bienestar, salud y vida de los trabajadores y
sus familias. A su vez este tiene dos apartados el A y el B. El primero, hace referencia a obreros,
jornaleros, empleados, domésticos y, en general, a todo contrato de trabajo. El
apartado B se refiere a la
situación laboral entre los Poderes de la Unión, el gobierno del Distrito
Federal y sus trabajadores.
En resumen, este
artículo el 123 -es para que no se te olvide-,
quiere lograr un equilibrio entre los derechos y obligaciones del trabajador y
de los patrones.
Artículo 3. Si este habla de la educación
no de trabajo, pero muchas veces si no tienes un educación media o superior
tampoco tienes trabajo, en este artículo dice que “todo individuo tiene derecho a la educación, que la
federación le otorgará preescolar, primaria, secundaria y media superior”.
Y que “La educación preescolar, primaria
y secundaria forman la educación básica; ésta junto con la media superior serán
obligatorias”.
Artículo 5. En este artículo dice que a
ninguna persona podrá impedirse que se dedique al profesión industria, oficio,
comercio o trabajo que ella quiera, siempre y cuando este sea legal, si ya
estabas pensando en hacer tu narco
tiendita pues ya te la pelaste.
Y termina
diciendo que “Nadie
puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial”.
Comentarios
Publicar un comentario