QUE ARTICULOS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA HABLA SOBRE LAS PERCEPCIONES Y DEDUCCIONES AL SALARIO ASI COMO DE LOS SUBCIDIOS

Deducciones autorizadas

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Deducciones

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DEDUCCIONES Art. 25 de la LISR
REQUISITOS DE LAS DEDUCCIONES Art. 27 de la LISR
Artículo 43. Para efectos del artículo 27, fracción III de la Ley, las erogaciones efectuadas por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado a que se refiere el artículo 94 de la Ley, pagadas en efectivo podrán ser deducibles, siempre que además de cumplir con todos los requisitos que señalan las disposiciones fiscales para la deducibilidad de dicho concepto, se cumpla con la obligación inherente a la emisión del comprobante fiscal correspondiente por concepto de nómina.
REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA RLISR Artículo 44. Para efectos del artículo 27, fracción IV de la Ley, se entenderá que se cumple con el requisito de que las deducciones estén debidamente registradas en contabilidad inclusive cuando se lleven en cuentas de orden.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Artículo 99. Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo, tendrán las siguientes obligaciones: I. Efectuar las retenciones señaladas en el artículo 96 de esta Ley. II. Calcular el impuesto anual de las personas que les hubieren prestado servicios subordinados, en los términos del artículo 97 de esta Ley. VI. Proporcionar a más tardar el 15 de febrero de cada año, a las personas a quienes les hubieran prestado servicios personales subordinados, constancia y el comprobante fiscal del monto total de los viáticos pagados en el año de calendario de que se trate, por los que se aplicó lo dispuesto en el artículo 93, fracción XVII de esta Ley.
RENTA. EL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN XII, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, ES INCONSTITUCIONAL AL LIMITAR LA DEDUCCIÓN DE LOS GASTOS DE PREVISIÓN SOCIAL (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 2003).
REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Artículo 49. Las aportaciones que efectúen los contribuyentes a fondos de ahorro, en términos del artículo 27, fracción XI, párrafo quinto de la Ley, serán deducibles cuando cumpla con lo previsto en la Ley
Artículo 50. Para efectos del artículo 27, fracción XI, párrafo sexto de la Ley, los contribuyentes podrán deducir los pagos de primas de seguros de gastos médicos que efectúen, cuando los beneficios de dichos seguros además de otorgarse a sus trabajadores, se otorguen en beneficio del cónyuge, de la persona con quien viva en concubinato, o de ascendientes o descendientes en línea recta, de dichos trabajadores.
GASTOS NO DEDUCIBLES EN MATERIA DE SALARIOS Art. 28 de la LISR
INGRESOS POR LA PRESTACION DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO TÍTULO IV DE LAS PERSONAS FÍSICAS INGRESOS ACUMULABLES (Art. 90 LISR)
INGRESOS EN CREDITO (Art. 94 LISR Penúltimo párrafo) Los ingresos en crédito se declararán y se calculará el impuesto que les corresponda hasta el año de calendario en que sean cobrados. Tasa variable (Art. 96) ACUMULABLES (Art. 94, primer párrafo) GRAVADOS (Art. 94) Tasa fija (35%) OBJETO (Art. 94 Primer párrafo) No Acumulables (Art. 95) INGRESOS (Art.90 LISR) EXENTOS (Art. 93) NO OBJETO (Art. 94 último párrafo)
INGRESOS NO OBJETO (Art. 94 y Artículo Décimo LISR) • Servicio de comedor y comida • Herramientas y equipo de trabajo • Subsidio Empleo • Primas por seguros de gastos médicos
REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Artículo 144. Para efectos del artículo 90, párrafo primero de la Ley, no se considerará ingreso acumulable el monto de las primas por seguros de gastos médicos que los patrones paguen en favor de sus trabajadores, siempre que se trate de seguros que, de haber sido pagadas las primas por el propio trabajador, serían deducibles para éste, en términos del artículo 151, fracción VI de la Ley, y que el comprobante fiscal que ampare el pago de dichas primas se expida a nombre del patrón.
VIATICOS GASTOS DEDUCIBLES Art. 28 LISR
INGRESOS EXENTOS Art. 93 LISR
CONSTANCIAS DE VIATICOS Art. 99 LISR
ESTABLECIMIENTO DONDE SE PRESTAN LOS SERVICIOS Art. 49 RLISR
VIATICOS QUE SE PODRÁN NO COMPROBAR Art. 152 del RLISR
LA PREVISION SOCIAL DEFINICIÓN Artículo 7 Quinto Párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
RETENCION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA “ISPT” ART. 96 LEY DEL I.S.R. El impuesto retenido tiene el carácter de pago provisional a cuenta del impuesto anual. No se retiene ISR a las prestaciones calculadas sobre un salario mínimo.
http://clubvirtual.gvaweb.com/admin/curricula/material/01_ISR_nominas_LISR_2016.pdf

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