QUE ARTICULOS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA HABLA SOBRE LAS PERCEPCIONES Y DEDUCCIONES AL SALARIO ASI COMO DE LOS SUBCIDIOS
Deducciones autorizadas
Deducciones
DEDUCCIONES
Art. 25 de la LISR
REQUISITOS
DE LAS DEDUCCIONES Art. 27 de la LISR
Artículo
43. Para efectos del artículo 27, fracción III de la Ley, las erogaciones
efectuadas por salarios y en general por la prestación de un servicio personal
subordinado a que se refiere el artículo 94 de la Ley, pagadas en efectivo
podrán ser deducibles, siempre que además de cumplir con todos los requisitos
que señalan las disposiciones fiscales para la deducibilidad de dicho concepto,
se cumpla con la obligación inherente a la emisión del comprobante fiscal
correspondiente por concepto de nómina.
REGLAMENTO
DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA RLISR Artículo 44. Para efectos del
artículo 27, fracción IV de la Ley, se entenderá que se cumple con el requisito
de que las deducciones estén debidamente registradas en contabilidad inclusive
cuando se lleven en cuentas de orden.
LEY
DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Artículo 99. Quienes hagan pagos por los conceptos
a que se refiere este Capítulo, tendrán las siguientes obligaciones: I.
Efectuar las retenciones señaladas en el artículo 96 de esta Ley. II. Calcular
el impuesto anual de las personas que les hubieren prestado servicios
subordinados, en los términos del artículo 97 de esta Ley. VI. Proporcionar a
más tardar el 15 de febrero de cada año, a las personas a quienes les hubieran
prestado servicios personales subordinados, constancia y el comprobante fiscal
del monto total de los viáticos pagados en el año de calendario de que se trate,
por los que se aplicó lo dispuesto en el artículo 93, fracción XVII de esta
Ley.
RENTA.
EL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN XII, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, ES
INCONSTITUCIONAL AL LIMITAR LA DEDUCCIÓN DE LOS GASTOS DE PREVISIÓN SOCIAL
(LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 2003).
REGLAMENTO
DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Artículo 49. Las aportaciones que
efectúen los contribuyentes a fondos de ahorro, en términos del artículo 27,
fracción XI, párrafo quinto de la Ley, serán deducibles cuando cumpla con lo
previsto en la Ley
Artículo
50. Para efectos del artículo 27, fracción XI, párrafo sexto de la Ley, los
contribuyentes podrán deducir los pagos de primas de seguros de gastos médicos
que efectúen, cuando los beneficios de dichos seguros además de otorgarse a sus
trabajadores, se otorguen en beneficio del cónyuge, de la persona con quien
viva en concubinato, o de ascendientes o descendientes en línea recta, de
dichos trabajadores.
GASTOS
NO DEDUCIBLES EN MATERIA DE SALARIOS Art. 28 de la LISR
INGRESOS
POR LA PRESTACION DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO TÍTULO IV DE LAS PERSONAS
FÍSICAS INGRESOS ACUMULABLES (Art. 90 LISR)
INGRESOS
EN CREDITO (Art. 94 LISR Penúltimo párrafo) Los ingresos en crédito se
declararán y se calculará el impuesto que les corresponda hasta el año de
calendario en que sean cobrados. Tasa variable (Art. 96) ACUMULABLES (Art. 94,
primer párrafo) GRAVADOS (Art. 94) Tasa fija (35%) OBJETO (Art. 94 Primer
párrafo) No Acumulables (Art. 95) INGRESOS (Art.90 LISR) EXENTOS (Art. 93) NO
OBJETO (Art. 94 último párrafo)
INGRESOS
NO OBJETO (Art. 94 y Artículo Décimo LISR) • Servicio de comedor y comida •
Herramientas y equipo de trabajo • Subsidio Empleo • Primas por seguros de
gastos médicos
REGLAMENTO
DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Artículo 144. Para efectos del artículo
90, párrafo primero de la Ley, no se considerará ingreso acumulable el monto de
las primas por seguros de gastos médicos que los patrones paguen en favor de
sus trabajadores, siempre que se trate de seguros que, de haber sido pagadas
las primas por el propio trabajador, serían deducibles para éste, en términos
del artículo 151, fracción VI de la Ley, y que el comprobante fiscal que ampare
el pago de dichas primas se expida a nombre del patrón.
VIATICOS
GASTOS DEDUCIBLES Art. 28 LISR
INGRESOS
EXENTOS Art. 93 LISR
CONSTANCIAS
DE VIATICOS Art. 99 LISR
ESTABLECIMIENTO
DONDE SE PRESTAN LOS SERVICIOS Art. 49 RLISR
VIATICOS
QUE SE PODRÁN NO COMPROBAR Art. 152 del RLISR
LA
PREVISION SOCIAL DEFINICIÓN Artículo 7 Quinto Párrafo, de la Ley del Impuesto
sobre la Renta.
RETENCION DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA “ISPT” ART. 96 LEY DEL I.S.R. El impuesto retenido
tiene el carácter de pago provisional a cuenta del impuesto anual. No se
retiene ISR a las prestaciones calculadas sobre un salario mínimo.http://clubvirtual.gvaweb.com/admin/curricula/material/01_ISR_nominas_LISR_2016.pdf
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